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Importancia del Sistema de Control de Cuentas de Créditos y Garantías (Anexo 31), Errores y Recomendaciones

Casi 5 años han transcurrido desde que entró en vigor la Certificación en Materia de IVA e IEPS, ahora Registro en el Esquema de la Certificación de Empresas modalidad IVA e IEPS (RECE IVA-IEPS), y con esto, nació la obligación de controlar los saldos de la mercancía importada al amparo del citado registro, especialmente el saldo del IVA e IEPS que se paga con un crédito fiscal otorgado por el SAT cuando las empresas operan al amparo del citado registro.

Este control del crédito otorgado se lleva a cabo a través del Sistema de Control de Cuentas de Créditos y Garantías (a través de la página del SAT, en una plataforma alojada en el apartado de Servicios), contemplado en el Anexo 31 de las Reglas Generales de Comercio Exterior (RGCE).

En 2015, cuando las primeras empresas certificadas comenzaron a trabajar en esta plataforma, se detectaron algunas inconsistencias, específicamente sobre temporalidades y aplicación de abonos pero, sobre todo, originó requerimientos por parte del SAT para ratificar que las empresas estaban cumpliendo con su obligación de transmitir informes de descargos de forma mensual o bimestral, pero, al emitir los mismos no se realizaba un análisis de fondo a nivel identificadores en pedimento aduanal (apéndice 8 del Anexo 22 de las Reglas Generales de Comercio Exterior)  como ejemplo podemos señalar que, se requería la transmisión de pedimentos con clave “A3” bajo el esquema de la regla 2.5.1 de las RGCE, incluso pedimentos “V1” bajo el esquema de proveedor nacional contemplado en la regla 5.2.6 Fr. II de las RGCE, operaciones que no deben transmitirse puesto que, no afectan operaciones al amparo de la Certificación.

Al día 11 de septiembre del 2019, existen 3,612 empresas con el RECE IVA-IEPS, sin embargo, NO son las únicas que tienen la obligación de transmitir información al Sistema de Control de Cuentas de Créditos y Garantías, sino también aquellas que garanticen el IVA-IEPS a través de una fianza o carta de crédito, tal como lo establece la regla 7.4.1 de las RGCE.

A lo largo de los años, las empresas certificadas y los diversos proveedores del Sistema de Control de Inventarios (Anexo 24) han tenido tiempo para entender su funcionamiento, aprender a interpretar los estados de cuenta e incluso leer correctamente los folios de los informes de descargos transmitidos.

Con todos los cambios que están sucediendo al interior de las dependencias gubernamentales, nos encontramos en el punto crítico en el  que los gerentes y directores de las empresas certificadas brinden la atención, capacitación, soporte y tengan el involucramiento necesario con sus áreas de comercio exterior; ya que, el común denominador en diversas industrias es la falta de personal y capacitación, además de la poca noción sobre la importancia de cumplir permanentemente con sus obligaciones como empresas certificadas, así como el riesgo e implicaciones que se corren en caso perder tan importantes registros.

La plataforma del Sistema de Control de Cuentas de Créditos y Garantías (Anexo 31) también nos permite visualizar un Estado de Cuenta Global, su lectura y análisis le permitirá al contribuyente confirmar si los montos ahí plasmados reflejan datos que se apegan a su realidad, en muchos de los casos no es así, ya que, entre los errores más comunes que cometen las compañías es contar con cartas de materiales y números de parte desactualizados, incorrecta captura en los tipos de materiales (materia prima como activo fijo y viceversa), transmisión de inventario inicial con información incompleta o errónea, lo que provoca los muy sonados y no tan temidos sobre descargos (más salidas que entradas, lo que refleja una irregularidad en su sistema de inventarios), incluso fracciones arancelarias con saldos muy altos y otras fracciones arancelarias cuyos saldos muestran movimiento, cuando en planta los materiales efectivamente son utilizados.

Aún existe una gran renuencia a realizar compulsas históricas de lo capturado en sistema contra Datastage, por temor a descubrir “cadáveres” de los cuales nadie se quiere hacer cargo, porque, como sabemos, el nivel de rotación en las empresas y, de manera particular con el personal de comercio exterior es significativa; o más grave aún, cuando no se realizan compulsas de lo que se captura mes con mes, teniendo como resultado afectaciones directamente en el Estado de Cuenta y los saldos que refleja.

Aunado a lo anterior, las empresas siguen sin contar con resoluciones de consultas de fracciones arancelarias, lo que causa que una misma mercancía tenga diferentes fracciones arancelarias, dependiendo de la aduana o del agente aduanal, y si el Sistema de Control de Inventarios (Anexo 24) no tiene la flexibilidad de capturar la fracción arancelaria correcta, más se agrava la situación.

Sin embargo, existen más factores que repercuten en los saldos del Estado de Cuenta Global, como son, los informes de descargo con estatus “No Válido”; ya sea por tener algún tipo de inconsistencia o porque la base de datos del SAT se encuentra desactualizada y el sistema no valida los pedimentos transmitidos en el informe de descargos, o por aquellos pedimentos rectificados cuyos montos se afectaron y no fueron transmitidos a la plataforma de Anexo 31 a través de un informe de descargo sustituto.

Si bien, Anexo 31 no es un espejo del Sistema de Control de Inventarios de las empresas, debido a que en él no existen los descargos específicos (opera bajo el mecanismo PEPS) y las vigencias que refleja son realmente cuestionables, en cuestión operativa, funciona correctamente. Es decir, las entradas que son aquellas partidas de los pedimentos cuyo IVA e IEPS se pagaron con forma de pago “21” o “22” de conformidad con el apéndice 13 del Anexo 22 de las RGCE, por la certificación o la garantía se cargan automáticamente a la plataforma y, los abonos que se pueden generar directamente del Sistema de Control de Inventarios (Anexo 24), también son aplicados correctamente.

Con todo esto, llegamos a la conclusión de que, si en los Estados de Cuenta Globales o por fracción arancelaria existen grandes diferencias entre la información que se visualiza en la plataforma y el Sistema de Control de Inventarios (Anexo 24), recomendamos validar lo siguiente:

  1. Que la información capturada en su Sistema de Control de Inventarios sea correcta, a través de compulsas contra Datastage, y si existen errores de captura, proceder a su corrección
  2. Que todos los informes de descargos transmitidos a la plataforma de Anexo 31 tengan estatus de “Válido”
  3. Que el inventario inicial haya sido transmitido correctamente, y en caso de no ser así, proceder a la solicitud de sustitución de la información ante la autoridad mediante escrito libre
  4. Que los números de parte dados de alta en el sistema estén correctamente asignados, como materia prima o activo fijo u otros
  5. Realizar revisiones periódicas de las cartas de materiales, para asegurarse que su sistema explosiona correctamente los índices de integración.

Con lo anterior, las empresas podrán tener un control de su Anexo 31, además de contar con las herramientas necesarias para subsanar o atender cualquier requerimiento de la autoridad.

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Lic. Diana Ivonne Facio Santiago
Coordinadora Área de IMMEX y Certificaciones

Coordinadora del área de IMMEX y Certificaciones en la firma de asesores ICLAWYERS. Licenciada en Negocios Internacionales por parte de la Universidad De La Salle Bajío con excelencia, maestría en Ingeniería Administrativa y Calidad de la misma universidad. Es asesora, analista y desarrolladora del área especializada encargada de IMMEX, PROSEC, Anexo 24, Anexo 31, Registro en el Esquema de Certificación de Empresas de los clientes del despacho, atención de trámites de comercio exterior tales como Padrón de importadores, Padrones Sectoriales, avisos diversos, entre otros.

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